Código: GAR-4644-2025
Garaje, ubicado en la KR 18A 151 88 GJ 9, Barrio Villa Emma, Bogotá D.C., Departamento de Bogotá D.C. Garaje 09 con area de 13.75 m2, altura libre de 2.40 mts, coeficiente de copropiedad 1.29%, espacio para estacionar un vehiculo. Los linderos se encuentran contenidos en la Escritura publica No. 1044 del 23 de junio de 1986 de la Notaria 13 de Bogota, y se identifica con folio de matricula inmobiliaria No. 50N-984296 de la oficina de registro de Bogotá D.C. A este inmueble le corresponde un coeficiente de copropiedad de 1.29%. El inmueble se encuentra actualmente Desocupado. El Comprador, segun el tipo de ocupacion, podra: Optar por la cesion del contrato de arrendamiento vigente, de existir, solicitar la entrega del inmueble en las condiciones acordadas en el contrato de promesa de compraventa, o adelantar las acciones legales o policivas que correspondan. El inmueble sera entregado en el estado material actual, sin que su descripcion, ilustraciones, videos, cabida o linderos publicados generen obligacion adicional. El interesado debera, por su cuenta y costo, consultar ante las autoridades competentes los usos permitidos, restricciones y normativas aplicables al inmueble. ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S., no asumira responsabilidad alguna por tramites de licencias, legalizacion de permisos u otras obras que el futuro comprador deba gestionar. No obstante, la cabida y los linderos establecidos tendran validez como cuerpo cierto. ADMINISTRACION Y PROCEDENCIA DEL INMUEBLE. Estos inmuebles son administrados por la SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES - SAE S.A.S la cual podra delegar en ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. tramites relacionados a la formalizacion y seguimiento de escrituracion de conformidad con las facultades otorgadas, y en el marco de la Enajenacion Temprana, conforme a la Ley 1708 del 20 de enero de 2014 y todas las normas que la modifiquen. La SAE garantizara el suministro de toda la documentacion necesaria segun la naturaleza del inmueble para llevar a cabo la escrituracion correspondiente a nombre del adjudicatario. SANEAMIENTO. La SAE se encargara del saneamiento juridico de los inmuebles, cuando tales afectaciones no hayan sido reconocidas expresamente en la Resolucion de Enajenacion Temprana, de conformidad con el Articulo 93 y 145 de la Ley 1708 de 2014.
Tipo
GARAJE
Matrícula
50N-984296
Estado
proxima Venta
Habitado
NaN
Área Const.
13 m²
Área Lote
NaN
Estrato
NaN
Año
NaN
Habitaciones
NaN
Baños
NaN
Parqueaderos
NaN
Piso
NaN
Características (2)
P. Cubiertos
NaN
P. Descubiertos
NaN
M. Frente
NaN
M. Fondo
NaN