Gobierno nacional reglamenta adjudicación de tierras para mujeres campesinas

Diciembre 2 de 2024
Gobierno nacional reglamenta adjudicación de
tierras para mujeres campesinas

Publicado, Diciembre de 2024 | Fuente: Prensa | Gobierno Nacional

El presidente Gustavo Petro expidió el Decreto 1396 de noviembre de 2024, reglamentando un programa especial de adjudicación de tierras para mujeres rurales y campesinas, con el objetivo de mejorar su bienestar social y económico.

Puntos Clave:

  • Decreto 1396 de noviembre de 2024: El presidente Gustavo Petro promulgó un decreto que establece un programa especial enfocado en la adjudicación de tierras.

  • Enfoque en mujeres rurales y campesinas: El programa está diseñado específicamente para beneficiar a mujeres que viven y trabajan en áreas rurales, buscando mejorar su acceso a la tierra.

  • Objetivo de bienestar social y económico: La medida tiene como propósito principal fortalecer el bienestar social y la autonomía económica de las beneficiarias, promoviendo equidad y desarrollo en el sector rural.

Este Decreto, también firmado por la vicepresidenta Francia Márquez y la ministra de Agricultura, Martha Carvajalino, reconoce la importancia económica, social, cultural, ambiental y política de las mujeres campesinas y rurales de Colombia, además de consolidar el respeto y la garantía de sus derechos.

La norma establece que el Ministerio de Agricultura y la Agencia de Desarrollo Rural brindarán apoyo en la estructuración, promoción y gestión de recursos para las mujeres rurales, ya sea de forma individual, familiar o comunitaria. 

Además, las beneficiarias podrán acceder a líneas de crédito preferencial para financiar sus actividades rurales, de acuerdo con la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario.

La norma también define criterios de priorización para seleccionar a las beneficiarias, que incluyen:

1. Empresas comunales, cooperativas agrarias u otras formas asociativas lideradas por mujeres rurales.

2. Mujeres con experiencia en actividades agropecuarias individuales o asociativas, como arrendatarias, aparceras o jornaleras.

3. Mujeres vinculadas a programas de reconversión o sustitución de cultivos ilícitos o administración de tierras de la Agencia Nacional de Tierras.

4. Mujeres jóvenes rurales (16-28 años) o grupos organizados de mujeres jóvenes rurales en actividades agrarias.

5. Mujeres con formación técnica, tecnológica o profesional en ciencias agrarias que generen ingresos de estas actividades.

6. Mujeres rurales y campesinas víctimas del conflicto armado y lideresas sociales.

7. Mujeres rurales y campesinas excombatientes, firmantes de acuerdos de paz o participantes en mecanismos de justicia transicional.


 

las beneficiarias podrán acceder a líneas de crédito preferencial para financiar sus actividades rurales, de acuerdo con la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario.

Para conocer más detalles sobre la noticia y su impacto en la economía del país, visita la publicación original en el sitio oficial Prensa | Gobierno Nacional

 

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